Derecho Contencioso Administrativo

Traslado de la Demanda

Términos y notificaciones en el CPACA.

Una vez presentada la demanda, el juez o magistrado es el encargado de verificar si debe ser admitida, inadmitida para subsanación o rechazada. Si la demanda es admitida, se debe notificar el auto admisorio al demandado y correr traslado para que ejerza su defensa (contestar, proponer excepciones, llamar en garantía o reconvenir).

La Pregunta Clave

El artículo 172 del CPACA señala que el término del traslado es de treinta (30) días. Sin embargo, la gran duda procesal es: ¿Cuándo comienza a correr exactamente este término?

El Término Común de 25 Días

Para que el término del traslado comience, es indispensable que los demandados sean notificados. Si son varios, a partir del día siguiente a la última notificación se correrá un término común de veinticinco (25) días.

Este lapso tiene como finalidad que los demandados puedan acercarse a la secretaría, donde estarán a disposición las copias de la demanda y sus anexos.

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Traslado de la demanda en materia contenciosa administrativa | GMH LEX