Registro Único de Víctimas (RUV)
¿Quién es considerado víctima?
- Personas que sufrieron daño desde el 1 de enero de 1985 debido al conflicto armado interno.
- Familiares de víctimas directas (cónyuge, pareja, padres, hijos, etc.) en casos de homicidio o desaparición.
- Ley 2421 de 2024: Incluye explícitamente a víctimas colombianas en el exterior y reconoce a la "familia de crianza".
Plazos para Declarar (Actualizado Ley 2421/2024)
- Hechos futuros (después del 22/ago/2024): 3 años desde la ocurrencia.
- Hechos pasados (antes del 22/ago/2024): 4 años desde esa fecha (hasta ago/2028).
- Ventana especial: Hasta agosto de 2026 para víctimas desde 1985 que nunca declararon o cuya solicitud fue negada por extemporaneidad.
Importante: El proceso de declaración es gratuito y no requiere intermediarios. Se realiza ante el Ministerio Público (Personerías, Defensorías) o Consulados.