2011-00042-01: Requisitos para que la evidencia constituya prueba de referencia.
22 de julio de 2022 3 min de lecturaGMH Abogados
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, mediante sentencia de radicado No. 2011-00042-01, fijó los requisitos para que la evidencia constituya prueba de referencia. Ello se dio en el trámite de un recurso de apelación contra la sentencia de primer grado de un proceso penal instaurado en contra del procesado por el delito de actos sexuales abusivos con menor de catorce años en concurso homogéneo.
Como fundamento fáctico, se adujo que el procesado, aprovechando su proximidad a una institución educativa, realizó tocamientos con la mano y con su miembro viril en una menor de 12 años y en presencia de otra de 8 años de edad, ambas estudiantes del plantel educativo. Surtidos los trámites correspondientes, él a quo resolvió absolver al procesado, teniendo como base la imposibilidad de fundamentar una sentencia en pruebas de referencia, dado que las menores víctimas no comparecieron al juicio oral.
Ante dicho ese escenario, esa corporación abordó el estudio de la prueba de referencia como “toda declaración realizada por fuera del juicio oral y que es utilizada para probar o excluir uno o varios elementos del delito, el grado de intervención en el mismo, las circunstancias de atenuación o de agravación punitivas, la naturaleza y extensión del daño irrogado, y cualquier otro aspecto sustancial objeto del debate, cuando no sea posible practicarla en el juicio. Advirtió el carácter excepcional de su procedencia, ya que la declaración extra-juicio, lesiona los derechos a la confrontación del testigo y el principio de inmediación judicial, lo que constituyen en garantías procesales fundamentales del sistema penal acusatorio.
En este sentido, recordó los requisitos establecidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en relación con que una evidencia constituya prueba de referencia, así:
(i) Que esta sea una declaración, esto es, una aseveración (afirmación o negación de algo) oral o escrita, o cualquier conducta no verbalizada de una persona, si su intención es que se tome como una aseveración. (i
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