2022-00605-01: EPS no pueden exigir cuotas moderadoras o copagos para atender enfermedades de alto costo
9 de noviembre de 2022 2 min de lecturaGMH Abogados
El honorable Consejo de Estado, mediante providencia No. 2022-00605-01 determinó que las EPS no pueden exigir cuotas moderadoras o copagos para atender enfermedades de alto costo. La Subsección C de la Sección Tercera de esa corporación conoció la acción de tutela presentada por la madre de una niña de 11 años de edad, a quien le diagnosticaron una enfermedad de alto costo, y su EPS le exigía el pago de las cuotas moderadoras y/o copagos para poder recibir la atención médica necesaria.
Así las cosas, el juzgador mediante sentencia amparó los derechos fundamentales al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la salud, a la seguridad social y a la vida en condiciones dignas de la menor en cuestión, decisión que fue impugnada por la EPS y cuyo trámite conoció el Consejo de Estado.
Ante ese escenario procesal, esa corporación formuló como problema jurídico determinar si la accionada vulneró los derechos fundamentales de la parte actora, al exigirle el pago de unos copagos y cuotas moderadoras a su menor hija, quien padece una serie de patologías derivadas de una enfermedad diagnosticada como de alto costo, sobre lo cual el Consejo señaló:
El máximo Tribunal Constitucional consideró que la clasificación de alto costo de la enfermedad de epilepsia era criterio suficiente para tutelar los derechos fundamentales, sin que fuera necesario entrar a estudiar la capacidad económica de las partes. Advirtió que la excepción en el cobro de cuotas moderadoras y copagos proc
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