Constitucional
2022-01147-00: Fallo de tutela que ordena a los candidatos presidenciales realizar debate presidencial.
15 de junio de 2022 2 min de lecturaGMH Abogados
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante sentencia No. 2022-01147-00, emitió fallo de tutela que ordena a los candidatos presidenciales realizar debate presidencial. El problema jurídico para resolver en esta ocasión consistió en determinar si la negativa de los candidatos presidenciales a asistir a los debates públicos, constituyen una vulneración al derecho fundamental de los ciudadanos a participar en la conformación del poder político consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política.
Así las cosas, esa corporación, luego de abordar el alcance y contenido de los derechos fundamentales en cuestión, determinó que:
El derecho político de elegir y ser elegido no se limita únicamente a la posibilidad de postularse como candidato a una campaña y a ejercer el sufragio el día de elecciones. Este derecho fundamental lleva inmanente una prerrogativa a cargo de todos los ciudadanos de poder ver y/o escuchar en debates públicos a los candidatos presidenciales para conocer la ideología, las convicciones, las propuestas y el temperamento de cada uno de ellos. Un Estado que se pregona como democrático, no puede darse el lujo de privarse del derecho de escuchar sus candidatos presidenciales debatir públicamente sus programa
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