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Amonestan a padres de menor dentro de un proceso de alimentos por falta de interés en arreglar sus diferencias

Corporación: Corte Suprema de Justicia (Sala de Casación Civil, Agraria y Rural) Sentencia STC121-2026 del 21 de Enero de 2026

📌 Resumen Ejecutivo

  • 📰 Supuesto Fáctico: En un proceso de custodia y alimentos respecto de una menor con Trastorno del Espectro Autista (TEA), el Juzgado fijó la cuota alimentaria y, adicionalmente, amonestó a ambos progenitores por su evidente falta de interés en arreglar sus diferencias amigablemente, priorizando su conflicto sobre el estado emocional de la niña. La madre interpuso tutela alegando que la amonestación carecía de motivación, enfoque de género y soporte probatorio.
  • 🌐 Problema Jurídico: ¿Vulnera el juez de familia los derechos fundamentales (debido proceso, dignidad, no violencia institucional) al imponer una amonestación conjunta a los padres por mantener una "guerra familiar" que afecta al menor, en lugar de atribuir culpas específicas o aplicar un enfoque de género diferenciado?
  • ✅ Decisión: CONFIRMA la negativa del amparo. La Corte valida la amonestación como una medida legítima y no arbitraria ante la constatación (corroborada por la Procuraduría) de un alto nivel de conflictividad parental que amenaza el bienestar del menor.

La demandante, actuando en nombre de su hija con discapacidad, promovió proceso de alimentos, custodia y visitas. El Juzgado resolvió mantener la custodia en la madre y fijar una cuota a cargo del padre. Sin embargo, en la parte resolutiva, el despacho decidió amonestar a ambos padres "por la falta de interés en arreglar sus diferencias sin pensar en el estado emocional de la niña".

La madre acudió a la acción de tutela cuestionando tanto el monto de los alimentos como la amonestación. Respecto a esta última, sostuvo que se le impuso sin analizar si existió una conducta atribuible a ella y sin aplicar el enfoque de género, sintiéndose víctima de violencia institucional al ser equiparada con el padre en la responsabilidad del conflicto. La Procuraduría intervino confirmando la existencia de una "guerra familiar" entre los padres.

📌 Ratio Decidendi: La Amonestación como Protección del Menor

La Corte Suprema determinó que el llamado de atención o amonestación judicial a los padres no constituye una vía de hecho ni violencia institucional cuando existen evidencias de una relación conflictiva que permea el proceso. La decisión se fundamentó en el deber del juez de velar por el interés superior del niño. Al constatarse una "guerra familiar" (verificada por el Ministerio Público), la amonestación es una herramienta válida para instar a los progenitores a separar sus disputas personales del bienestar de sus hijos. No se requiere un juicio de culpabilidad individualizado para hacer este llamado a la reflexión conjunta.

Análisis: Fundamentos de la Decisión

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