C321-2022: Corte cambia criterio: Propietarios de vehículos son responsables de sus infracciones aun cuando ellos no las hubiesen cometido.
10 de febrero de 2023 3 min de lecturaGMH Abogados
La honorable Corte Constitucional mediante sentencia No. C321-2022, cambió de criterio en cuanto a que propietarios de vehículos son responsables de sus infracciones aun cuando ellos no las hubiesen cometido. Esa corporación conoció la acción pública de constitucionalidad presentada en contra del texto del artículo 10 de la Ley 2161 de 2021, por cuanto a criterio del ciudadano, la disposición acusada vulnera los artículos 6, 29 y 158 de la Constitución Política, ya que presume que el propietario será quien deberá asumir las sanciones derivadas del proceso administrativo sancionatorio, aunque este no hubiese cometido las infracciones, lo cual a su vez vulnera el derecho fundamental a la presunción de inocencia.
Ante ese panorama, la Corte Constitucional se refirió a la propiedad como derecho y deber; (b) explicó la diferencia entre el transporte público y el transporte privado; reiteró la jurisprudencia constitucional en torno a la regulación de las materias de tránsito y la potestad sancionatoria; explicó las etapas del proceso contravencional de tránsito, (e) hizo referencia al debido proceso administrativo; describió el principio de imputación personal; y (g) explicó el derecho a la presunción de inocencia.
Así las cosas, esa corporación, luego de analizar los anteriores ítems, cambió su criterio jurisprudencia, y concluyó que:
Al respecto, concluyó que (i) imponer una obligación al propietario del vehículo para que “vele” porque el vehículo de su propiedad circule (a) habiendo adquirido el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito; (b) habiendo efectuado la revisión técnico-mecánica dentro del plazo establecido en la ley; (c) por lugares y en horarios que estén permitidos; (d) sin exceder los límites de velocidad permitidos; y (e) respetando la luz roja del semáforo, así como (ii) disponer la posibilidad de que el propietario del vehículo sea sancionado al interior de un proceso administrativo contravencional cuando esa obligación sea incumplida, se encuentra conforme al principio de responsabilidad personal y al derecho a la presunción de inocencia que se desprenden de los artículos 6 y 29 de la Constitución. Además, desarrolla y materializa la función social y ecológica que, en virtud del artículo 58 de la Constitución tiene la propiedad. (...) 300. La Corte señaló que la disposición objeto de análisis se encontraba conforme al derecho a la presunción de inocencia, p
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