I. Definición y Objeto
Cuantificación de la Deuda
Es la fase procesal crucial en el proceso ejecutivo que determina con exactitud el monto final de la deuda. Transforma una orden de pago general en una suma de dinero específica y cuantificable, incluyendo capital, intereses y costas, lista para ser cobrada.
II. Principios Rectores
Congruencia
Operación matemática estricta basada en lo ordenado en el mandamiento de pago. No puede agregar conceptos nuevos.
Certeza
Su fin es cuantificar una deuda ya cierta y exigible. La obligación debe ser o volverse líquida.
Debido Proceso
Garantiza el derecho de defensa del deudor mediante el traslado de la liquidación y la oportunidad de objetarla.
Oficiosidad
El juez tiene la facultad de modificar la liquidación por iniciativa propia para asegurar su legalidad.
III. Procedimiento (Art. 446 CGP)
-
1Presentación Una vez en firme el auto que ordena seguir la ejecución, cualquiera de las partes puede presentar la liquidación.
-
2Traslado y Objeción Se corre traslado por 3 días. La objeción debe señalar errores de cálculo y obligatoriamente adjuntar una liquidación alternativa.
-
3Decisión Judicial El juez revisa la propuesta y las objeciones. Emite un auto que aprueba o modifica la liquidación.
-
4Recursos El auto que decide la liquidación no es apelable, salvo si resuelve una objeción o si el juez la modifica de oficio (efecto diferido).
IV. Conceptos Financieros
- Composición: Capital + Intereses + Costas.
- Interés Civil: 6% anual (supletorio).
- Interés Comercial: 1.5 veces el Interés Bancario Corriente (IBC).
- Indexación: Protege valor frente a inflación (IPC). Debe solicitarse.
- Moneda Extranjera: Se convierte a pesos con la TRM del día de pago.
- Anatocismo: Prohibido (interés sobre interés).
- Imputación: Primero a intereses, luego a capital.
- Incongruencia con el mandamiento de pago.
- Falta de soportes documentales.
- Errores en tasas o días de mora.
- Objeciones genéricas sin alternativa.
- Diligencia temprana en solicitar conceptos.
- Precisión matemática (usar herramientas).
- Sustento documental de cada cifra.
- Preparación proactiva de liquidación alternativa.