I. Los Actores del Contrato
El Cedente
Parte (demandante o demandado) que transfiere su posición y la expectativa incierta del resultado del juicio.
El Cesionario
Tercero que adquiere el derecho litigioso, asumiendo el riesgo total de ganar o perder el proceso.
El Deudor Cedido
La contraparte en el proceso. Aunque no firma la cesión, la ley le otorga derechos clave como el retracto.
II. Flujo del Proceso de Cesión
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1Perfeccionamiento Acuerdo consensual privado entre Cedente y Cesionario sobre el precio y las condiciones.
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2Presentación Judicial El Cesionario presenta el memorial de cesión ante el juez que conoce del proceso.
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3Notificación El juez reconoce la cesión mediante auto y este se notifica al Deudor Cedido (contraparte).
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4Intervención El cesionario entra al proceso. Su rol dependerá de la actitud del deudor cedido.
III. Posición del Cesionario
Si el deudor guarda silencio o se opone, el cesionario actúa junto al cedente. El cedente sigue vinculado al proceso.
Solo si el deudor lo acepta expresamente, el cesionario reemplaza totalmente al cedente, quien sale del proceso.
IV. Derecho de Retracto (Art. 1971 C.C.)
Finalidad Anti-Especulativa
El deudor puede liberarse de la obligación pagando al cesionario lo que este pagó por la cesión, más los intereses desde la notificación. Esto evita que terceros lucren desmedidamente con litigios ajenos.
Término: 9 días a partir de la notificación del auto que ordena cumplir la sentencia (Mandamiento de pago/Ejecución).
- Cesiones gratuitas (donaciones).
- Cesiones por ministerio de la justicia (remates).
- Cesión a un coheredero o copropietario.
- Cesión a un acreedor en pago de una deuda.
V. Análisis de Riesgos
Perfil de Riesgo
- Riesgo Procesal: Posibilidad de perder el juicio (el derecho no existe aún).
- Riesgo de Retracto: El deudor puede limitar la ganancia pagando solo el precio de cesión.
- Insolvencia: Ganar el juicio no garantiza que el deudor tenga bienes para pagar.