Derecho de Familia / Procedimiento

Conciliación en Asuntos de Familia

El mecanismo para resolver conflictos de familia sin pleito y, en muchos casos, requisito previo para demandar, conforme al Estatuto de Conciliación (Ley 2220 de 2022).

I. ¿Qué es y para qué Sirve?

La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos en el que un tercero neutral ayuda a las partes a llegar a un acuerdo. En familia es además, por regla general, requisito de procedibilidad: antes de demandar ciertos asuntos hay que intentar conciliar. El acuerdo conciliatorio hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo. Hoy se rige por la Ley 2220 de 2022 (Estatuto de Conciliación).

II. Marco Normativo

  • Ley 2220 de 2022: Estatuto de Conciliación.
  • Asuntos conciliables en familia: custodia y cuidado personal, visitas, cuota alimentaria, separación de cuerpos y de bienes, disolución y liquidación de sociedad conyugal, entre otros.
  • Autoridades: centros de conciliación, notarios, comisarios y defensores de familia, según el asunto.

III. Aspectos Clave

Requisito de procedibilidad

Para muchos asuntos de familia debe intentarse la conciliación antes de presentar la demanda.

Efectos del acuerdo

El acta hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo para exigir su cumplimiento.

Constancia de no acuerdo

Si no hay acuerdo o no comparece la otra parte, se expide la constancia que habilita acudir al juez.

IV. Recursos y Normatividad

Modelos y Minutas

Modelos de solicitud de conciliación y acta — próximamente disponibles.

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