I. Definición Legal
Artículo 404 C.P.
"El servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero dinero o cualquier otra utilidad indebidos, o los solicite..."
Este delito atenta contra la administración pública y se fundamenta en el "Metus Publicae Potestatis" (temor al poder público), donde el ciudadano se ve coaccionado o engañado por la autoridad del funcionario.
II. Elementos Estructurales
Sujeto Activo
Cualificado. Debe ser un servidor público en ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas.
Abuso de Poder
Uso desviado de la autoridad o el cargo para generar temor o error en la víctima.
Verbos Rectores
Constreñir (presionar/forzar), Inducir (engañar) o Solicitar (pedir abusando del cargo).
Resultado
Promesa o entrega de dinero o utilidad indebida (para sí o un tercero). Hay nexo causal entre el miedo/engaño y la entrega.
Consumación y Beneficios
La Corte Suprema ha establecido que la concusión se consuma con la sola ejecución de la acción (constreñir, inducir, solicitar), independientemente de que se reciba o no el dinero.
Nota: Este delito NO admite prisión domiciliaria (Ley 1474 de 2011).