Rad. 2021-00219-01: Confirman condena por vicios ocultos de edificio inclinado, pero revocan indemnización por mejoras
📌 Resumen Exprés
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- 🌐 Tema clave: Vicios ocultos, acción "quanti minoris" (rebaja de precio), prescripción, indemnización de perjuicios, daño moral.
- 📰 Tipo de proceso: Verbal (Acción por vicios redhibitorios)
- 📎 Controversia: Unos compradores descubren que el edificio donde está su apartamento tiene una inclinación estructural que el vendedor conocía y ocultó ¿Procede la rebaja del precio y la indemnización por las costosas remodelaciones que hicieron y por el daño moral sufrido?
- ✅ Decisión: SE REVOCA PARCIALMENTE. El Tribunal confirma el vicio oculto y la condena a la rebaja del precio (actualizada a más de $177 millones) Sin embargo, revoca la condena por perjuicios materiales (las mejoras), pues estas quedan en beneficio de los compradores que conservan el inmueble, y confirma la negativa del daño moral por falta de prueba.
La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá confirmó la existencia de un vicio oculto en la venta de un apartamento, debido a que el edificio presentaba una inclinación estructural que el vendedor conocía y no informó a los compradores. Sin embargo, aunque mantuvo la condena a la rebaja del precio, revocó la indemnización por los perjuicios materiales que había concedido el juez de primera instancia, al considerar que las mejoras realizadas al inmueble quedaban para el provecho de los mismos compradores.
El caso fue iniciado por una pareja que, tras comprar un apartamento en enero de 2020, descubrió durante las obras de remodelación que la torre del edificio tenía un problema de asentamiento diferencial, lo que causaba una notoria inclinación. Pruebas periciales confirmaron que el vendedor conocía este defecto desde 2014, pues había participado en asambleas de copropietarios donde se trató el tema. Los compradores demandaron solicitando la rebaja del precio (`actio quanti minoris`) y la indemnización por los costos de la remodelación y por el daño moral.📌 Criterio jurisprudencial
Cuando en una acción por vicios ocultos prospera la rebaja del precio (`actio quanti minoris`), el comprador conserva la propiedad del inmueble. Por tanto, es improcedente condenar al vendedor a indemnizar los perjuicios materiales correspondientes a mejoras u obras de remodelación, ya que estas quedan para el uso y provecho del propio comprador, quien se vería doblemente beneficiado.
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