I. ¿Qué es la Anticresis?
La anticresis es un contrato por el cual el deudor entrega a su acreedor un bien inmueble para que este se pague con sus frutos (rentas, cosechas, arrendamientos). El acreedor no se hace dueño del inmueble ni puede quedárselo: solo percibe los frutos e imputa su valor primero a los intereses y luego al capital de la deuda.
II. Marco Normativo
- Arts. 2458 a 2467 del Código Civil: contrato de anticresis.
- Prohibición del pacto comisorio: el acreedor no puede apropiarse del inmueble por la sola falta de pago (art. 2463).
- Imputación de frutos: se aplican primero a intereses y luego a capital.
III. Elementos Clave
Entrega del inmueble
El deudor entrega la tenencia del inmueble al acreedor como garantía.
Pago con frutos
El acreedor percibe los frutos y los imputa a la deuda hasta extinguirla.
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