I. Definición y Concepto
El contrato de corretaje es un acuerdo donde un corredor, experto en un mercado, conecta a un comitente con un tercero para realizar un negocio.
Art. 1340 C.Co:
«Se llama corredor a la persona que, por su especial conocimiento de los mercados, se ocupa como agente intermediario en la tarea de poner en relación a dos o más personas… sin estar vinculado a las partes por relaciones de colaboración, dependencia, mandato o representación.»
II. Perfil del Corredor
Típico / Nominado
Regulado expresamente por la ley comercial.
Consensual
Se perfecciona con el solo acuerdo de voluntades.
Bilateral
Genera obligaciones para ambas partes.