Contratos / Servicios

Contrato de Outsourcing (Tercerización)

El contrato por el cual una empresa encarga a un tercero especializado la ejecución de procesos o servicios que antes realizaba internamente, con autonomía técnica y administrativa.

I. ¿Qué es el Outsourcing?

El outsourcing o tercerización es el contrato por el cual una empresa (la contratante) encarga a otra (el outsourcer) la prestación de un servicio o proceso completo —tecnología, nómina, logística, contabilidad— con sus propios recursos, personal y autonomía técnica y administrativa. La clave jurídica es que el proveedor obra con independencia: no debe configurarse intermediación laboral ilegal.

II. Marco Normativo

  • Contrato atípico regido por la autonomía de la voluntad y, en lo pertinente, por la prestación de servicios.
  • Autonomía: el outsourcer asume el servicio con sus medios y subordina a su propio personal (no al de la contratante).
  • Cuidado laboral: evitar la tercerización de actividades misionales permanentes que encubran una relación laboral (Decreto 1072 de 2015).

III. Elementos Clave

Proceso completo

Se terceriza un servicio o proceso, no solo mano de obra suelta.

Autonomía

El proveedor responde por su personal, herramientas y resultados.

Niveles de servicio

Se pactan indicadores (SLA), responsabilidades y confidencialidad.

IV. Modelos y Normatividad

Modelos y Minutas

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