Corte tumba suspensión de pensión por cambio de fecha de estructuración: primó la realidad sobre el dictamen
📌 Resumen Exprés
- ⚖️ Tipo de decisión: Acción de tutela por suspensión de pensión de invalidez
- 💼 Tema clave: Cambio injustificado en la fecha de estructuración sin tener en cuenta dictamen previo
- 🧠 Situación: Persona con epilepsia dejó de recibir mesada tras 14 años de pago continuo
- ✅ Decisión: Corte ordena reactivar pensión, pagar retroactivo y responder petición pendiente
La Corte Constitucional resolvió una tutela interpuesta por una persona con epilepsia crónica, cuya pensión de invalidez fue suspendida por Colpensiones tras una nueva calificación en 2022 que modificó la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral, ignorando un dictamen previo que fijaba dicha fecha desde 2008 con un PCL superior al 50%.
Durante más de 14 años, el accionante recibió su mesada sin interrupciones, hasta que Colpensiones aplicó el nuevo dictamen y dejó de pagar sin brindar una motivación válida ni garantizar el debido proceso. Además, omitió responder de fondo una petición presentada por el ciudadano para corregir su historia laboral.📌 Criterio jurisprudencial
La fecha de estructuración en enfermedades progresivas no debe fijarse únicamente con base en el dictamen médico, sino que debe considerar la historia clínica, el deterioro funcional y la realidad del trabajador. La Corte reitera que la suspensión de una pensión sin debido proceso vulnera el derecho al mínimo vital, especialmente en personas en condición de discapacidad.
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