Civil
Daño a la vida de relación en accidentes de transito
18 de julio de 2023 2 min de lecturaGMH Abogados
El tribunal Superior de Ibagué en sentencia de 27 de febrero del 2023 recordó sobre el daño a la vida de relación en accidentes de transito, al respecto manifeso:
El daño a la vida de relación es «un menoscabo que se evidencia en los sufrimientos por la relación externa de la persona, debido a ‘disminución o deterioro de la calidad de vida de la víctima, en la pérdida o dificultad de establecer contacto o relacionarse con las personas y cosas, en orden a disfrutar de una existencia corriente, como también en la privación que padece el afectado para desplegar las más elementales conductas que en forma cotidiana o habitual marcan su realidad’, que por eso queda limitado a tener una vida en condiciones más exigentes que los demás, como enfrentar barreras que antes no tenía, conforme a lo cual actividades muy simples se tornan complejas o difíciles»
“Su valoración está deferida al prudente arbitrio del juzgador (arbitrium iudicis), quien debe tomar en consideración las circunstancias del suce
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