Contratos / Inmobiliario

División Material de Bien Inmueble

El acuerdo por el cual los copropietarios de un inmueble ponen fin a la comunidad dividiéndolo materialmente de común acuerdo y adjudicándose porciones determinadas.

I. Salir de la Comunidad

Cuando varias personas son copropietarias de un mismo inmueble, ninguna está obligada a permanecer en la indivisión. La división material permite, de común acuerdo, repartir físicamente el bien (cuando es divisible) y adjudicar a cada uno una porción concreta, extinguiendo la copropiedad sin necesidad de pleito. Si el bien no admite división cómoda, se acude a la venta y reparto del precio.

II. Marco Normativo

  • Arts. 2334 y ss. del Código Civil: la partición de la comunidad y la acción divisoria.
  • Partición de común acuerdo: los comuneros capaces pueden dividir como lo estimen, por escritura pública si recae sobre inmuebles.
  • Reglamento de propiedad horizontal cuando la división da lugar a unidades independientes.

III. Aspectos Clave

Divisibilidad

El inmueble debe poder dividirse sin desmejorar su valor ni infringir normas urbanísticas.

Común acuerdo

Todos los copropietarios capaces consienten la forma de dividir y adjudicar.

Escritura y registro

La adjudicación se eleva a escritura pública y se inscribe en el folio de matrícula.

IV. Modelos y Normatividad

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