En Colombia, el acceso a la información pública no es una opción, es un derecho fundamental (Art. 74 CP).
Este recurso es el mecanismo judicial que se activa cuando una entidad le niega el acceso a un documento alegando que es “reservado”.
I. ¿Qué es y Cuándo Procede?
Mecanismo Judicial
No es administrativo. Le permite solicitar a un Juez que revise la decisión de la entidad. El objetivo es que la autoridad judicial determine si la reserva es legalmente válida.
Causa Específica
Solo procede cuando la negativa se fundamenta explícitamente en una reserva legal o constitucional. Otras razones para la negativa no activan este mecanismo.
II. El Camino de la Insistencia
El proceso judicial se desarrolla en una única instancia y es definitivo.
Petición del Ciudadano
Usted solicita información o documentos a una entidad pública en ejercicio de su derecho.
Negativa Motivada
La entidad responde negando el acceso, citando obligatoriamente una causa de reserva legal.
Interposición
Usted presenta el recurso ante la misma entidad que negó la información. ¡Tiene solo 10 días!
Decisión Judicial
El Juez o Tribunal Administrativo decide en 10 días si la reserva es válida o si debe entregarse la información.