Fallo que ordena al presidente no hacer manifestaciones religiosas
27 de julio de 2020 2 min de lecturaGMH Abogados
La Sala Primera Laboral del H. Tribunal Superior de Bogotá, mediante un fallo de tutela, ordenó al presidente de la República retirar de su cuenta de Twitter un mensaje alusivo a la conmemoración de la Virgen de Chiquinquirá y abstenerse de hacer cualquier tipo de manifestación religiosa. Para la sala del tribunal:
El Estado Laico se caracteriza por el respeto a la diversidad de credos y religiones, por cuanto «existe una estricta separación entre el Estado y las iglesias, de suerte que, por la propia definición constitucional, no sólo no puede existir ninguna religión oficial, sino que, además, el Estado no tiene doctrina oficial en materia religiosa y existe de pleno derecho una igualdad entre todas las confesiones religiosas»Atendiendo lo dicho, las autoridades públicas están en la obligación de respetar y atender tal principio, debido a que la «neutralidad del Estado en materia religiosa es la única forma de que los poderes públicos aseguren el pluralismo y la coexistencia igualitaria y la autonomía de las distintas confesiones religiosas». El tribunal también recordó que:
la Ley Estatutaria 133 de 1994, reguló lo concerniente a la libertad religiosa y de culto, disponiendo que el Estado es garante de ese derecho, pese a que ninguna religión o confesión s
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