Laboral
Fuero circunstancial de trabajadores afiliados a sindicato
28 de noviembre de 2023 2 min de lecturaGMH Abogados
El Tribunal Superior de Medellín se pronunció sobre el fuero circunstancial de trabajadores afiliados a sindicato, al respecto manifestó:
"El fuero circunstancial es una garantía especial que tiene por finalidad reforzar la estabilidad laboral de los trabajadores afiliados a un sindicado o que hayan presentado pliego de peticiones, protegiéndoles su derecho constitucional de negociación colectiva."En cuanto a los trabajadores que se benefician de este fuero, el periodo en que opera la protección, su campo de acción y el trámite, entre otros aspectos fundamentales, se encuentra providencia dictada por la misma alta corporación, como es la CSJ SL, 2 oct. 2007, rad. 29822, donde se expresó: A quiénes cobija. Fuero Circunstancial: a “los trabajadores que hubieren presentado al patrono un pliego de peticiones” que comprende a los “afiliados al sindicato o a los no sindicalizados”. Luego, es patente que esta garantía foral también protege a los trabajadores no sindicalizados que presenten un pliego de peticiones tendientes a la firma de un pacto colectivo. Se impone recordar lo que la Corte en sentencia de 11 de mayo de 2006, radicado 26726, razonó en el sentido de que están excluidos de este fuero los trabajadores que desempeñen cargos de alta dirección o jerarquía dentro de la empresa, con capacidad de compromiso y de representación, dado que no pueden
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