I. Establecer o Controvertir la Filiación
La filiación es el vínculo jurídico entre padres e hijos. Puede establecerse (investigación de paternidad o maternidad, reconocimiento voluntario) o controvertirse (impugnación de la paternidad o de la maternidad). Desde la Ley 721 de 2001, la prueba de ADN tiene valor determinante y su negativa injustificada genera consecuencias en contra de quien se niega.
II. Marco Normativo
- Ley 75 de 1968: investigación de la paternidad.
- Ley 721 de 2001: prueba de marcadores genéticos (ADN).
- Ley 1060 de 2006: régimen de impugnación de la paternidad y la maternidad.
- Código Civil: presunciones de paternidad, reconocimiento y filiación.
III. Las Acciones
Investigación
Para que se declare la paternidad o maternidad no reconocida, con prueba de ADN.
Impugnación
Para desvirtuar una paternidad o maternidad ya establecida que no corresponde a la realidad biológica.
Post mortem y herencia
La filiación puede demandarse aun fallecido el presunto padre, acumulándose con la petición de herencia.