Familia
Juez no puede exigir nueva demanda para tramitar exoneración de alimentos de hijo mayor de edad
3 de septiembre de 2025 4 min de lecturaGMH Abogados
👨👩👧👦 Derecho de Familia
Tribunal Superior de Cali - Sentencia de 26 de febrero de 2025
(Rad. 76-001-22-10-000-2025-00020-00)
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Acción de Tutela.
- 🌐 Tema clave: Exoneración de cuota alimentaria, hijo mayor de edad, acceso a la administración de justicia, debido proceso, trámite procesal.
- 📎 Controversia: Un padre solicita al juez que suspenda los descuentos por alimentos para su hijo, quien ya tiene 21 años. El juzgado, en lugar de tramitar la solicitud de forma sencilla, la trata como una nueva demanda, la inadmite y la rechaza por no cumplir requisitos formales. ¿Esta actuación vulnera los derechos del padre?
- ✅ Decisión: SÍ. El Tribunal concede la tutela. Ordena al juzgado dejar sin efecto el rechazo y tramitar la solicitud de exoneración de manera expedita dentro del mismo expediente original, sin exigir las formalidades de una nueva demanda.
El Tribunal Superior de Cali, vía tutela, corrigió a un juez que impuso barreras procesales injustificadas a un padre que buscaba la exoneración de la cuota alimentaria de su hijo mayor de edad. La Sala determinó que cuando una cuota de alimentos ha sido fijada judicialmente (incluso en una conciliación aprobada por el juez), la solicitud para modificarla o extinguirla debe tramitarse de forma simple y expedita dentro del mismo proceso, sin necesidad de iniciar una nueva demanda.
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