I. Concepto y Funcionamiento
El "Velo Corporativo" es la separación legal entre el patrimonio de la sociedad (S.A.S.) y el de sus accionistas. Sin embargo, cuando la figura societaria se usa para defraudar (Art. 42 Ley 1258/08), un juez puede "levantar" esta protección y hacer responsables solidariamente a los socios.
Las deudas de la S.A.S. se pagan solo con los bienes de la empresa. El patrimonio personal del socio es intocable.
Si hubo FRAUDE, el juez rompe la separación. El socio responde con su casa, carro y cuentas personales.
II. Causales de Fraude (Art. 42)
Confusión Patrimonial
No hay distinción entre los bolsillos del socio y la empresa. (Ej. Pagar mercado o colegio con cuenta de la empresa).
Infracapitalización
Crear la empresa con un capital irrisorio e insuficiente para el riesgo de su operación.
Vaciamiento
Trasladar los activos de la empresa a terceros o al socio para dejarla insolvente ("Cáscara vacía").
Fachada
La empresa no tiene funcionamiento real, es solo un instrumento de papel para evadir obligaciones.
III. Ruta Procesal
-
1