Derecho Societario / Laboral

Levantamiento del Velo Corporativo

Mecanismo excepcional para perseguir el patrimonio personal de los socios en casos de fraude laboral o insolvencia provocada.
VIABILIDAD: SÍ, ES VIABLE

I. Concepto y Funcionamiento

El "Velo Corporativo" es la separación legal entre el patrimonio de la sociedad (S.A.S.) y el de sus accionistas. Sin embargo, cuando la figura societaria se usa para defraudar (Art. 42 Ley 1258/08), un juez puede "levantar" esta protección y hacer responsables solidariamente a los socios.

Estado Normal (Protegido)
🏢 🛡️ 👤

Las deudas de la S.A.S. se pagan solo con los bienes de la empresa. El patrimonio personal del socio es intocable.

Acreedor: NO puede tocar bienes del socio.
Estado de Excepción (Velo Roto)
🏢 ⚡ 👤

Si hubo FRAUDE, el juez rompe la separación. El socio responde con su casa, carro y cuentas personales.

Acreedor: SÍ puede perseguir al socio.

II. Causales de Fraude (Art. 42)

Confusión Patrimonial

No hay distinción entre los bolsillos del socio y la empresa. (Ej. Pagar mercado o colegio con cuenta de la empresa).

Infracapitalización

Crear la empresa con un capital irrisorio e insuficiente para el riesgo de su operación.

Vaciamiento

Trasladar los activos de la empresa a terceros o al socio para dejarla insolvente ("Cáscara vacía").

Fachada

La empresa no tiene funcionamiento real, es solo un instrumento de papel para evadir obligaciones.

III. Ruta Procesal

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