Fundamentos: ¿Cuándo y por qué se liquida?
La sociedad conyugal (matrimonio) o patrimonial (unión marital) es el conjunto de bienes adquiridos durante la unión. Su disolución es el primer paso, pero la liquidación es el reparto efectivo.
Plazo Crítico (Sociedad Patrimonial)
1 AÑO
Es el tiempo de prescripción para solicitar la liquidación tras la disolución de una unión marital de hecho.
El Patrimonio a Repartir
Bienes Propios (Excluidos)
- Bienes adquiridos antes de la unión.
- Herencias y donaciones.
- Inmuebles subrogados (cambio de un bien propio por otro).
- Indemnizaciones personales.
Comparativa de Vías
Vía Judicial (Contenciosa)
- Condición: Desacuerdo entre las partes.
- Autoridad: Juez de Familia.
- Resultado: Sentencia Judicial.
Vía Notarial (Amigable)
- Condición: Mutuo acuerdo total.
- Autoridad: Notario Público.
- Resultado: Escritura Pública.
El Proceso Judicial Paso a Paso
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1
DemandaSe inicia el proceso ante un Juez de Familia solicitando la liquidación.
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2
Inventarios y AvalúosEtapa crucial donde se listan y valoran todos los activos y pasivos de la sociedad.
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3
ObjecionesOportunidad para que las partes controviertan los bienes incluidos o excluidos.
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4
ParticiónEl juez aprueba el trabajo de división (hijuelas) presentado por el partidor.
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5
Adjudicación y RegistroSentencia final y su inscripción en registros públicos para transferir la propiedad.
Desafíos Comunes
Ocultamiento de Bienes
El cónyuge que oculte o distraiga bienes dolosamente pierde su porción en ese bien y debe restituirlo doblado (Art. 1824 C.C.).
Perspectiva de Género
Los jueces deben valorar aportes no monetarios (trabajo del hogar) para corregir desigualdades históricas.