Pensión — Régimen de Transición Acuerdo 049
Cálculo de pensión bajo el Acuerdo 049 de 1990 para trabajadores en régimen de transición. Requisitos: 500 semanas previas al 1°/04/1994.
Datos Pensionales
Para la modalidad completa: 1.000 o 1.250 semanas según el año.
Acuerdo 049/1990
Regula la pensión de vejez para trabajadores ISS. Edad: 60H / 55M. Cotización mínima.
Régimen Transición
Art. 36 Ley 100/93: quienes cumplían requisitos al 1°/04/1994 pueden pensionarse con la norma antigua.
Retroactivo
Calcula mesadas dejadas de pagar desde la fecha de causación del derecho pensional.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el régimen de transición del Acuerdo 049 de 1990?
Es el mecanismo que permite a ciertos trabajadores pensionarse con las reglas antiguas del Acuerdo 049 de 1990 del ISS, en lugar de la norma vigente. Lo regula el artículo 36 de la Ley 100 de 1993.
¿Quiénes pueden acogerse al régimen de transición?
Aplica para quienes al 1°/04/1994 tenían 35 años (mujeres) o 40 años (hombres), o bien 15 o más años de cotización. Cumpliendo esos requisitos pueden usar las reglas del Acuerdo 049.
¿Qué requisitos de edad y semanas exige el Acuerdo 049?
Para la pensión de vejez la edad es de 60 años para hombres y 55 para mujeres. Esta calculadora exige un mínimo de 500 semanas cotizadas; para la modalidad completa se requieren 1.000 o 1.250 semanas según el año.
¿Cómo se calcula el IBL para la pensión 049?
El IBL (Ingreso Base de Liquidación) es el promedio de los salarios de los últimos 10 años, indexado con el IPC. Sobre ese valor se aplica la tasa de reemplazo del Acuerdo 049 para obtener la mesada.
¿Qué es el retroactivo pensional?
Es la suma de las mesadas dejadas de pagar desde la fecha de causación del derecho pensional. La calculadora estima ese retroactivo junto con la mesada mensual.