Análisis asistido por Inteligencia Artificial: Este resumen jurídico procesal fue elaborado con asistencia de IA y revisado por el equipo de litigio de GMH Abogados. Enfoque en derecho probatorio y LegalTech.
Los límites de la IA en el estrado: Por qué ChatGPT no puede ser una "prueba técnica"
📌 Resumen Ejecutivo
- 📰 Supuesto Fáctico: En un proceso de responsabilidad civil médica por el fallecimiento de un menor, la parte demandante solicitó el decreto de una "prueba técnica basada en inteligencia artificial". Pretendían ingresar al expediente un cuestionario resuelto por ChatGPT Pro, el cual analizaría la historia clínica y determinaría si hubo "mala praxis" o impericia por parte de la clínica accionada.
- 🌐 Problema Jurídico: ¿Es admisible en el ordenamiento procesal colombiano introducir las respuestas generadas por un Modelo de Lenguaje Grande (LLM como ChatGPT) como un medio de prueba autónomo, pericial o técnico para demostrar la responsabilidad médica?
- ✅ Decisión: CONFIRMA el rechazo de la prueba. El Tribunal establece que la Inteligencia Artificial no es un medio de prueba tipificado en el Código General del Proceso, carece de la idoneidad humana exigida para rendir un dictamen pericial, anula el derecho de contradicción y su uso probatorio usurpa la función indelegable del juez.
El debate procesal surgió cuando el Juzgado Octavo Civil del Circuito de Cali negó la solicitud de prueba técnica en primera instancia. La parte demandante apeló, argumentando que ChatGPT Pro, al procesar vastas cantidades de literatura médica, podía ofrecer una opinión imparcial, técnica y superior a la de un perito humano, operando bajo un "razonamiento algorítmico objetivo".
La Sala Civil del Tribunal Superior de Cali abordó la controversia desde la dogmática probatoria, analizando si las respuestas de un chatbot encuadran en los medios probatorios vigentes (Art. 165 CGP) y si garantizan los principios rectores del debido proceso, específicamente el derecho de contradicción y la valoración racional de la prueba.
📌 Ratio Decidendi: Las 5 razones del Tribunal para rechazar a ChatGPT
El Tribunal fundamentó el rechazo de la prueba bajo los siguientes pilares técnico-jurídicos:
- Ausencia de tipicidad probatoria: La "Inteligencia Artificial" no es un medio de prueba nominado en el artículo 165 del CGP. Tampoco es una prueba documental simple, pues se pretende ingresar como un análisis técnico de hechos específicos.
- Incompatibilidad con el Dictamen Pericial: Un peritaje (Art. 226 CGP) requiere un experto humano cuya identidad, idoneidad, formación e imparcialidad puedan ser verificadas. Un algoritmo carece de personalidad jurídica, no tiene "credenciales académicas" verificables bajo la ley procesal y no puede asumir responsabilidad penal, civil o disciplinaria por falsedad.
- Imposibilidad material de contradicción: El núcleo de la prueba técnica es el contrainterrogatorio en audiencia. Un chatbot no puede comparecer ante el estrado, no rinde juramento y no puede ser cuestionado sobre su método empírico de manera interactiva por las contrapartes.
- Limitaciones Epistemológicas de los LLM: La Sala advierte que sistemas como ChatGPT no "razonan" ni "entienden" la medicina. Son modelos probabilísticos que predicen la siguiente palabra basándose en patrones de datos (muchos de ellos no verificables), lo que los hace propensos a "alucinaciones" (inventar hechos o literatura médica) y a reproducir sesgos. Carecen del método científico exigido para la prueba pericial.
- Usurpación de la Función Judicial: Permitir que un algoritmo dictamine si hubo o no "mala praxis" equivale a delegar la subsunción jurídica y la valoración fáctica en una máquina. La toma de decisiones y el juicio crítico son competencias exclusivas e indelegables de los operadores jurídicos humanos.