Derecho Notarial e Inmobiliario

Englobe y desenglobe de Inmuebles

Procedimiento jurídico para la unión de predios colindantes. Requisitos documentales, trámite notarial y casos especiales.

Concepto

El englobe es el acto jurídico mediante el cual el propietario o propietarios de dos o más inmuebles colindantes deciden unirlos material y jurídicamente para formar un solo globo de terreno, conformando así un predio independiente con una única matrícula inmobiliaria y cédula catastral.

Información para la Solicitud

Propietario

Nombre completo, número de identificación, domicilio y estado civil actual.

Predios Origen

Ubicación, área, linderos, matrícula inmobiliaria, cédula catastral y antecedentes de tradición de cada lote a unir.

Predio Resultante

Nueva ubicación (si cambia nomenclatura), área total consolidada y los nuevos linderos generales tras el englobe.

Requisitos Documentales

  • Fotocopia del documento de identidad del propietario.
  • Paz y salvo predial vigente.
  • Paz y salvo de valorización (según municipio).
  • Certificados de Tradición y Libertad recientes (uno por cada predio).
  • Escrituras públicas antecedentes de cada inmueble.
  • Plano del nuevo globo (Opcional pero recomendado).

Casos Especiales

Persona Jurídica

Representación

Si el propietario es una empresa o entidad:

  • Certificado de Cámara de Comercio vigente.
  • Cédula del Representante Legal.
  • Acta de Asamblea/Junta: Si el representante tiene limitaciones estatutarias para actos de disposición o englobe.
Apoderado

Mandato

Si el propietario no comparece personalmente:

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