I. Concepto y Alcance
Autonomía e Identidad Personal
Como consecuencia lógica del respeto por la dignidad humana, este derecho protege la potestad del individuo para autodeterminarse. Es la posibilidad de adoptar, sin intromisiones ni presiones, un modelo de vida acorde con sus propios intereses, convicciones, inclinaciones y deseos.
Involucra la libertad general de acción, el derecho a la propia imagen, la libertad sexual y otras manifestaciones de la personalidad merecedoras de protección.
II. El Derecho de Opción
Libertad e Independencia
Facultad para gobernar su propia existencia y diseñar un modelo de personalidad conforme a los dictados de su conciencia.
Vulneración
Se configura cuando se impide, de forma arbitraria, alcanzar aspiraciones legítimas de vida o escoger libremente las circunstancias que dan sentido a la existencia.
El Límite
Este derecho no es absoluto. Tiene como única limitante no causar un perjuicio social y respetar los derechos ajenos y el orden constitucional.
Ponderación Constitucional
Para que una limitación al derecho individual al libre desarrollo de la personalidad sea legítima y no arbitraria, se requiere que goce de un fundamento jurídico constitucional.
No basta que la facultad de la autoridad se base en normas jurídicas válidas; en la necesaria ponderación valorativa se debe respetar la jerarquía constitucional de este derecho fundamental.