Pacto de Disolución
El acuerdo de voluntades es el instrumento jurídico mediante el cual los cónyuges manifiestan su decisión libre e irrevocable de poner fin al matrimonio. En el divorcio de mutuo acuerdo, este documento reemplaza la necesidad de probar causales subjetivas, basándose exclusivamente en el consenso.
Contenido Obligatorio del Acuerdo
Vida en Común
Declaración expresa de cesación de vida conyugal y residencias separadas.
Hijos Menores
Regulación integral de custodia, cuidado personal, régimen de visitas y cuota alimentaria.
Sociedad Conyugal
Decisión sobre la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial (activos y pasivos).
Alimentos Cónyuges
Manifestación sobre si existen o no obligaciones alimentarias mutuas entre los esposos.
Intervención del Defensor de Familia
Si existen hijos menores de edad, el acuerdo suscrito por los padres debe ser remitido por el Notario al Defensor de Familia del ICBF. Este funcionario tiene 15 días hábiles para emitir concepto, verificando que no se vulneren los derechos de los niños (Art. 34 Ley 962 de 2005).