¿Qué son?
Acuerdos celebrados por una pareja para establecer las reglas económicas de su unión. Permiten decidir qué bienes entran o no a la sociedad común.
Propósito
Proteger el patrimonio individual y definir el futuro financiero con total autonomía y seguridad jurídica.
Dos Caminos, Dos Regímenes
Genera la Sociedad Conyugal.
Genera la Sociedad Patrimonial.
¿Cuándo Firmar?
Las Capitulaciones deben firmarse ANTES de la boda.
Pueden firmarse DESPUÉS de iniciar la convivencia, pero ANTES de los 2 años.
* Jurisprudencia SC005-2021 flexibilizó la regla para la UMH.
Prescripción (Sociedad Patrimonial)
Tiempo Límite para Reclamar
Tras la separación definitiva, matrimonio con tercero o muerte, solo hay un año para iniciar la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial.
Si vence, se pierden los derechos sobre los bienes comunes.