Acción Popular
Mecanismo público y preventivo para proteger los derechos e intereses de la comunidad. Su objetivo es evitar un daño, detener una amenaza o restituir las cosas a su estado anterior.
Legitimación
¡Cualquier Persona!Ciudadanos, ONGs, entidades públicas. No se necesita ser víctima directa.
Acción de Grupo
Herramienta de carácter privado e indemnizatorio. Busca obtener una compensación económica por perjuicios individuales sufridos por un grupo de personas (mínimo 20) por una misma causa.
Caducidad
2 AñosContados desde que se produjo el daño o cesó la acción vulneradora.
Marco Normativo y Artículos Clave
Acción Popular
- Art. 88 C.P. — fundamento de las acciones populares y de grupo.
- Ley 472 de 1998 — régimen de ambas acciones.
- Art. 9 — procedencia para proteger derechos colectivos.
- Art. 12 — titulares: cualquier persona.