I. Concepto y Análisis
La mora de las autoridades judiciales no se deduce por el mero paso del tiempo; exige un análisis completo de la situación. La Corte Constitucional ha establecido que para que proceda la acción de tutela por dilaciones injustificadas, deben verificarse criterios específicos que descarten causas razonables (como la congestión judicial).
Criterios de Procedencia (T-052/18, T-186/17, T-803/12)
1. Incumplimiento de Términos
Que efectivamente se haya vencido el plazo legal establecido para adelantar la actuación judicial pendiente.
2. Inexistencia de Motivo Razonable
Que la demora NO esté justificada por congestión judicial, volumen excesivo de trabajo o complejidad del caso (T-030/05, T-494/14).
3. Negligencia u Omisión
Que la tardanza sea imputable directamente a la omisión en el cumplimiento de funciones por parte del operador judicial (T-230/13).