Civil
No más incidentes: la nulidad procesal se resuelve dentro del proceso principal
17 de mayo de 2025 3 min de lecturaGMH Abogados
⚖️ Derecho Procesal
Corte Suprema de Justicia - STC6682-2025 (M.P. Octavio Tejeiro Duque)
📌 Resumen Exprés
- ⚖️ Tipo de proceso: Ejecutivo con título valor
- 💬 Tema clave: Trámite procesal de la nulidad bajo el CGP
- 🧾 Controversia: Improcedencia del trámite incidental para solicitud de nulidad procesal
- ✅ Decisión: Se niega la tutela pese al error procesal, pues el fondo fue resuelto razonablemente
📌 Aclaración jurisprudencial
El Código General del Proceso eliminó el trámite incidental para las nulidades procesales. Desde su entrada en vigencia, estas deben resolverse dentro del proceso principal, previa valoración de pruebas si fuere necesario (art. 134 CGP). Solo los asuntos expresamente señalados por la ley pueden tramitarse como incidentes (art. 127 CGP). Esta decisión reafirma dicho enfoque y desautoriza el uso de trámites accesorios para las nulidades.
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