I. ¿Qué es el Testamento?
El testamento es el acto solemne y unilateral por el cual una persona dispone de sus bienes para después de su muerte. La libertad de testar no es absoluta: la ley reserva la legítima y las asignaciones forzosas a favor de ciertos herederos, de modo que solo la cuarta de libre disposición (y la de mejoras) puede asignarse libremente.
II. Marco Normativo
- Arts. 1055 y ss. del Código Civil: testamento, sus clases y requisitos.
- Testamento abierto (nuncupativo): el testador declara su voluntad ante notario y testigos.
- Testamento cerrado: el testador entrega al notario, en sobre cerrado, el documento que contiene su voluntad.
- Asignaciones forzosas (arts. 1226 y ss.): legítimas y porción conyugal que limitan la libre disposición.
III. Las Dos Formas Solemnes
Abierto
Se otorga por escritura pública ante notario; su contenido es conocido por el notario y los testigos.
Cerrado
El testador conserva en secreto su contenido; el notario solo autoriza la cubierta sellada.
Límites
Deben respetarse las legítimas y la porción conyugal; lo demás es de libre disposición.