I. Modificar, Terminar y Cerrar
Durante la vida de un contrato suele ser necesario ajustarlo, terminarlo anticipadamente o dejar constancia de que no hay deudas pendientes. Para ello se usan tres documentos: el otrosí (modificación), el acta de terminación por mutuo acuerdo (extinción consensuada) y el paz y salvo (constancia de cumplimiento).
II. Cada Documento
Otrosí modificatorio
Modifica cláusulas del contrato (plazo, valor, alcance) conservando lo demás. Requiere acuerdo de las partes.
Terminación por mutuo acuerdo
Las partes deciden de común acuerdo dar por terminado el contrato y definen la liquidación.
Paz y salvo
Constancia de que las obligaciones se cumplieron y no quedan sumas ni reclamaciones pendientes.
III. Marco Normativo
- Autonomía de la voluntad (art. 1602 del Código Civil): el contrato es ley para las partes y puede modificarse o terminarse por mutuo consentimiento.
- Modos de extinguir las obligaciones (art. 1625 C.C.): el mutuo disenso y el pago.
IV. Modelos y Minutas
Documentos
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