I. ¿Qué es la Petición de Herencia?
Es la acción que tiene el verdadero heredero para que se le reconozca su calidad y se le entreguen los bienes de la herencia que está poseyendo otra persona como si fuera heredero (el llamado falso heredero o heredero aparente). Comprende la restitución de los bienes y sus frutos, conforme al art. 1321 del Código Civil.
II. Marco Normativo
- Art. 1321 del Código Civil: acción de petición de herencia.
- Arts. 1322 a 1325 C.C.: restitución de bienes, frutos y mejoras según la buena o mala fe del poseedor.
- Acumulación: suele acompañarse de la investigación o impugnación de la filiación cuando el demandante busca primero que se le reconozca como hijo.
III. Puntos Clave
Calidad de heredero
El demandante debe acreditar su mejor derecho a la herencia frente a quien la posee.
Restitución
Procede la entrega de los bienes hereditarios y de los frutos, según la buena o mala fe del poseedor.
Acción acumulada
Cuando hace falta probar la filiación, se acumula con la investigación de paternidad post mortem.