Medidas Correctivas Especiales

Protección Hotelera

Medida policiva para garantizar la convivencia y operación legal del sector hotelero.

Definición y Naturaleza

Medida policiva que faculta a los establecimientos hoteleros a solicitar el retiro inmediato de un huésped que se rehúsa a desalojar la habitación al término del contrato o sin derecho legítimo. Tiene naturaleza administrativa y preventiva.

Autoridad Competente: Inspector de Policía
Art. 94 Ley 1801 de 2016

Procedimiento Administrativo

  • Solicitud escrita del representante legal ante el inspector.
  • Verificación de supuestos (vencimiento, falta de pago).
  • Orden de retiro inmediato del ocupante (con apoyo policial si es necesario).

Requisitos de Procedencia

  • Relación de hospedaje legítima.
  • Terminación del contrato o término legal.
  • Rehúso del huésped a abandonar.
  • Ausencia de controversia civil pendiente.

Efectos Jurídicos y Duración

  • Desalojo inmediato del ocupante sin título.
  • Restablecimiento del control del establecimiento.
  • No afecta derechos patrimoniales reclamables judicialmente.
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