Prueba pericial extraprocesal por amparo de pobreza: Tribunal Superior ratifica su validez
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Apelación de auto (prueba extraprocesal).
- 🌐 Tema clave: Validez del dictamen pericial extraprocesal y su relación con el acceso a la justicia de personas amparadas por pobreza.
- 📎 Controversia: Un juzgado negó la solicitud de un ciudadano, amparado por pobreza, para que se ordenara un dictamen pericial extraprocesal que acreditara una falla en el servicio de salud, argumentando que la ley no lo prevé como prueba anticipada independiente.
- ✅ Decisión: El Tribunal Superior de Pereira REVOCÓ el auto del juzgado y ORDENÓ un nuevo estudio de la solicitud, al considerar que la ley sí permite la práctica de dictámenes periciales extraprocesales para garantizar el acceso a la justicia.
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala Civil Familia, ha emitido un auto relevante que clarifica la procedencia y validez del dictamen pericial extraprocesal como prueba anticipada en el CGP. La decisión subraya la importancia de este mecanismo para garantizar el acceso a la administración de justicia, especialmente para aquellas personas que carecen de recursos económicos para sufragar el costo de una pericia.
El caso se originó a raíz de la solicitud de un ciudadano, amparado por pobreza, quien buscaba que un juzgado ordenara a una entidad pública o universidad la realización de un dictamen pericial. Este dictamen tenía como objetivo determinar una posible falla en los servicios médicos prestados por un hospital, información crucial para que el ciudadano pudiera decidir si promover o no una demanda de responsabilidad médica. El juzgado de primera instancia negó la solicitud, interpretando que el artículo 189 del CGP no permitía el dictamen pericial como prueba anticipada independiente, sino solo en el contexto de una inspección judicial. [wcm_restrict]📌 Criterio jurisprudencial
El artículo 189 del Código General del Proceso (CGP) permite la solicitud de un dictamen pericial extraprocesal como prueba anticipada, sin que esté necesariamente ligada a una inspección judicial. La exclusión expresa de la pericia en su redacción final no significa su prohibición, sino que su obtención no requiere la mediación judicial previa. Esta interpretación se fundamenta en el principio teleológico de la norma y el derecho fundamental de acceso a la justicia, especialmente para quienes están amparados por pobreza y necesitan la prueba para promover un proceso.
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