Penal
Pruebas Compartidas; Testigos comunes en el proceso penal.
10 de septiembre de 2024 2 min de lecturaGMH Abogados
El Tribunal superior de Manizales, recordó sobre las pruebas compartidas, específicamente sobre los testigos comunes en el proceso penal y al respecto dijo:
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha precisado que se ha admitido la posibilidad de que un testigo concurra al juicio oral como prueba de cargo y descargo de forma simultánea, más se aclaró que para hacer ello posible, quien pretendiera que se decretara como suya una prueba de la contraparte, conforme a su particular teoría del caso, debía hacer una argumentación completa y suficiente que justifique los presupuestos establecidos en los artículos 375 y 376 del Código de Procedimiento Penal, para el decreto y práctica del elemento de convicción, en punto de la pertinencia y la admisibilidad.De igual forma, el órgano de cierre en materia penal ha sostenido que:
“Para decretar una prueba es imprescindible que el sujeto procesal que la solicita precisa las razones fácticas y/o jurídicas que respaldan su postulación ya que, en el sistema adversarial, al juez le está vedado integral o complementar las peticiones de las partes auscultando su fuero interno para establecer el propósito perseguido”Entonces, de los acápites resaltados puede colegirse que es viable que se solicite como propia la prueba -en este caso testimonial- de la contraparte; para ello debe sustenta
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