Razonamiento decisorio
9 de abril de 2020 3 min de lecturaGMH Abogados
el razonamiento decisorio está integrado por enunciados fácticos, Calificativos normativos y prescriptivo, de modo que el acierto de la sentencia sólo podrá desvirtuarse mediante la demostración de la errónea conformación de los mismos, bien sea por su falta de adecuación a los hechos que les sirven de fundamento, es decir cuando su significado es equivocado o bien por la presencia de contradicciones o incoherencias entre tales proposiciones.
Fuente: Sentencia SC780/2020LOS ENUNCIADOS FÁCTICOS son la formulación de los hechos estrictamente necesarios para la solución del caso, bien sean de carácter operativo, es decir que contextualizan la controversia, o de carácter probatorio, al demostrar las circunstancias específicas de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos que son materia del litigio. Estos enunciados coinciden con el supuesto de hecho descriptivo en la proposición Jurídica y determinan el tema de la prueba. LOS ENUNCIADOS CALIFICATIVOS no se limitan a describir los hechos y las relaciones entre los hechos que interesan al proceso, sino que les atribuye propiedades Jurídicas. La Calificación Jurídica de los hechos naturales y sociales les otorga su carácter de "hechos Jurídicamente relevantes" es decir, les imprime su significado Jurídico o les concede existencia en el mundo del derecho. La identificación del tipo de acción sustancial que rige la controversia se hace mediante esta clase de proposiciones lingüísticas LOS ENUNCIADOS NORMATIVOS contienen las razones Jurídicas que sustentan la decisión, es decir que consagran los derechos subjetivos que le dan significado a la relación Jurídico-Sustancial que se debate. LOS ENUNCIADOS PRESCRIPTIVOS son la declaración de las consecuencias jurídicas solicitadas en las pretensiones de la demanda o en las excepciones, y se deducen de la demostración de los supuestos de hecho descritos en la proposición Jurídica. La conformación de esos enunciados son un problema de interpretación, pues para llegar a ellos el juez debe comprender la situación fáctica descrita en la demanda, los hechos probados en el proceso y la ley aplicable al caso, de suerte que un error en la interpretación se traducirá en un error en la conformación de tales enunciados (justificación externa) o en la formulación de las conclusiones que de ellos se deducen (justificación interna) Los err
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