Constitucional
Razones por las que mockus no perdió SU investidura como senador
6 de marzo de 2019 5 min de lecturaGMH Abogados
El Consejo de Estado no encontró pruebas de una inhabilidad ni por el caso del contrato entre Corpovisionarios y la Agencia de Cundinamarca para la Paz y el Posconflicto, ni por haberse bajado los pantalones en el Congreso
Al Consejo de Estado llegaron varias solicitudes de pérdida de investidura que fueron acumuladas y que se pueden dividir en dos temas:
El primero trataba de una presunta inhabilidad por haber intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas, o en la celebración de contratos con ellas dentro de los seis meses anteriores a la elección.
Contrato de Corpovisionarios
Según los demandantes, Mockus estaba inhabilitado para ser congresista porque "gestionó, participó e intervino" en la celebración de un convenio entre Corpovisionarios y la Agencia de Cundinamarca para la Paz y el Posconflicto por 428 millones de pesos, al aparecer en ese momento como presidente y representante legal en la entidad sin ánimo de lucro.
Sin embargo, el Consejo de Estado no encontró pruebas que sustentaran tal afirmación. Primero, porque no encontraron una gestión directa de Mockus para lograr el contrato y, segundo, porque tampoco lo firmó. Quien actuó como representante legal fue Henry Murrain Knudson, director ejecutivo de Corpovisionarios, quien "contaba con total autonomía para celebrar contratos hasta por 1.400 salarios mínimos legales mensuales vigentes", porque desde 2014 el presidente de Corpovisionarios trasfirió al director ejecutivo la facultad de celebrar contratos hasta ese monto máximo. Y el contrato con la entidad pública no lo superó.
"Para que se hubiera configurado la causal por celebración de contratos con entidades públicas dentro de los seis meses anteriores a la elección, se debió acreditar bien que el señor Antanas Mockus Sivickas suscribió directamente los convenios de asociación con la ACPP o la UAESP –aspecto que, como se analizó no ocurrió– o que él era la persona encargada de la prestación del servicio contratado", se lee en la sentencia del Consejo de Estado.
También quedó sin piso que Mockus hubiera actuado por interpuesta persona, es decir, que hubiera utilizado a Murrain Knudson para beneficiarse. Esto, dice el alto tribunal, porque el contrato fue suscrito directamente por Corpovisionarios a través de su director ejecutivo, que era uno de sus representantes legales, "por lo que no puede hablarse de mandato, simulación o contratación por interpuesta persona".
Tampoco quedó probado que ese contrato que se firmó hubiera beneficiado a Mockus en su elección como congresista o a un tercero. Sobre todo cuando suscribió el convenio una corporación sin ánimo de lucro en "beneficio de un interés general".
Además, los testimonios también le dieron la razón a Mockus. Por ejemplo, los demandantes aseguraban que una de las pruebas de la participación de Mockus en el proceso fue una carta que envió la Agencia de Cundinamarca para la Paz y el Posconflicto dirigida a Mockus.
John Alexander Criollo Vargas, sub gerente técnico de la agencia, aseguró que no conocía a Mockus y que él escribió la carta invitándolo a que presentara una propuesta para el desarrollo del convenio "porque en la página web de la corporación aparecía aquel como su presidente", pero que nunca se reunió con él ni fue a las instalaciones de la entidad pública. Mockus
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