Derecho de Policía / Recursos

Recurso de Apelación en el Proceso de Policía (Ley 1801)

Cuándo procede el recurso de apelación contra las decisiones de la autoridad de policía, ante quién se interpone y qué debe contener.

I. ¿Cuándo se Usa?

El recurso de apelación permite que un superior jerárquico revise la decisión adoptada por la autoridad de policía (inspector o corregidor) cuando el interesado la considera contraria a derecho. En el proceso verbal abreviado (Art. 223 de la Ley 1801) procede, por regla general, en subsidio del recurso de reposición: si la reposición no prospera, se concede la apelación.

II. Oportunidad y Forma

  • Se interpone en la misma audiencia en que se notifica la decisión, o dentro del término que señale la actuación.
  • Se presenta ante la autoridad que profirió la decisión, que lo concede para ante su superior.
  • Debe ser sustentado: explicar por qué la decisión es equivocada (de hecho o de derecho).

III. Qué Debe Contener el Escrito

  • Identificación del recurrente y del proceso (número, autoridad, partes).
  • La decisión que se impugna y la fecha de su notificación.
  • Los argumentos o motivos de inconformidad (la sustentación).
  • La petición concreta (que se revoque o modifique la decisión) y la dirección de notificaciones.

IV. Descargas, Modelos y Normatividad

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