Derecho Procesal Civil / Recursos

Recurso de Queja

Mecanismo para solicitar al superior jerárquico que conceda el recurso de apelación o casación cuando ha sido denegado por el juez de primera instancia.

I. Definición y Procedencia

Control de Admisibilidad

El recurso de queja procede cuando el juez o tribunal de instancia niega el recurso de apelación o el de casación.

Su finalidad es que el superior examine si la denegación fue correcta o no, y en caso de error, conceda el recurso denegado.

Causal Única

Solo procede ante la denegación del recurso de apelación o de casación por el juez que dictó la providencia.

Interposición

Debe interponerse en subsidio del recurso de reposición contra el auto que denegó la apelación o casación.

Excepción: Si la denegación es consecuencia de la reposición interpuesta por la parte contraria, la queja se interpone directamente dentro de la ejecutoria.

II. Trámite Procesal

  • 1
    Orden de Copias Una vez denegada la reposición (o interpuesta la queja directa), el juez ordenará la reproducción de las piezas procesales necesarias para que el superior decida.
  • 2
    Remisión al Superior Las copias se envían al superior jerárquico. Este puede ordenar al inferior que remita copias adicionales si lo considera necesario.
  • 3
    Traslado El escrito se mantendrá en secretaría por tres (3) días a disposición de la otra parte para que se pronuncie.
  • 4
    Decisión Surtido el traslado, el superior decidirá. Si estima indebida la denegación, admitirá el recurso (apelación o casación) y comunicará la decisión al inferior indicando el efecto.
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