Requisitos para objetar razonadamente el juramento estimatorio: ¿Duda probatoria o inexactitud?
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tema: Eficacia probatoria del juramento estimatorio (Art. 206 CGP).
- 🌐 Controversia: El Juez de primera instancia negó valor probatorio al juramento estimatorio de la demanda porque fue "objetado" por la aseguradora. La aseguradora argumentó que faltaban documentos idóneos para probar los ingresos del lesionado.
- ❌ Error Detectado: Confundir la objeción por inexactitud (error de cálculo o falsedad en el monto) con el debate sobre la carga de la prueba o suficiencia documental.
- ✅ Decisión: REVOCA el auto. El Tribunal ordena tener el juramento como prueba porque la objeción no especificó razonadamente una inexactitud, sino que cuestionó la prueba base, lo cual es un debate de fondo para la sentencia, no para el decreto de pruebas.
En un proceso de Responsabilidad Civil Extracontractual por accidente de tránsito, los demandantes presentaron juramento estimatorio por más de $112 millones, discriminando daño emergente y lucro cesante. Para este último, se basaron en un certificado de contador.
La aseguradora llamada en garantía (La Equidad Seguros) presentó un escrito de "objeción", alegando que el certificado de contador no era idóneo y que debía presumirse el salario mínimo. El juzgado de primera instancia aceptó esta postura y decidió no tener el juramento como prueba. La parte demandante apeló, argumentando que la objeción no atacaba la estimación en sí misma, sino el soporte probatorio.
📌 Criterio Jurisprudencial Vigente
Corte Suprema de Justicia (STC4462-2023): Ratifica que la objeción tiene consecuencias para el demandante (perder el valor probatorio del juramento) SOLO si concreta la inexactitud. Si la objeción es genérica o ataca temas ajenos a la estimación matemática, el juramento sigue siendo prueba plena.
Tribunal Superior de Cali (Sala Civil): "No basta indicar que se objeta el juramento estimatorio para restarle su carácter de prueba; es necesario concretar razonablemente las inexactitudes... cuestionamientos a la prueba base de la estimación no constituyen una inexactitud".
Análisis Estratégico: La anatomía de una objeción válida
1. El Juramento Estimatorio es un Medio de Prueba
El Tribunal Superior de Cali reitera la doctrina constitucional (Sentencia C-157 de 2013): el juramento estimatorio no es solo un requisito de la demanda, es un medio de prueba autónomo. Si no es objetado correctamente, basta la palabra del demandante bajo la gravedad de juramento para tener por probado el monto del perjuicio (salvo fraude o injusticia notoria).
2. La diferencia entre "Inexactitud" y "Falta de Prueba"
El punto clave de esta providencia es la distinción técnica que hace el Tribunal sobre qué constituye una objeción válida según el artículo 206 del CGP: