Fundamentos Legales
Es la obligación que tienen las empresas constructoras de responder por los daños causados durante la obra o por las fallas estructurales posteriores (ruina). Se regula por el Código Civil y la Ley 400 de 1997 (NSR-10).
Modalidades de Responsabilidad
Contractual
Surge del contrato con el cliente/comprador. Incumplimiento de entrega, defectos de acabados o fallas de calidad.
Extracontractual
Daños a terceros sin contrato (ej. vecinos afectados por grietas, transeúntes). Basada en el Art. 2341 del Código Civil.
Régimen Especial de Protección
- Garantía Decenal (Art. 2060 C.C.) Constructores y arquitectos responden por 10 años desde la entrega por fallas graves que amenacen ruina total o parcial.
- Propiedad Horizontal (Ley 400/97) Aplica a zonas comunes y privadas. Permite acción directa de copropietarios contra constructoras.
- Reglamento NSR-10 El incumplimiento de normas sismo-resistentes genera responsabilidad civil plena y potenciales sanciones penales.
Elementos para Exigir Responsabilidad
1. Daño
Perjuicio real (grietas, desplome, acabados).
2. Nexo Causal
El daño deriva directamente de la construcción.