I. Concepto y Umbrales
El Salario Integral es una forma de remuneración que retribuye en un solo pago mensual el trabajo ordinario y el factor prestacional (cesantías, intereses, primas, recargos). Esta modalidad está reservada para trabajadores que devenguen 10 o más Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMMLV).
Factor Salarial
Mínimo 10 SMMLV. Corresponde a la retribución directa del servicio.
Factor Prestacional
Mínimo 30% adicional sobre el factor salarial. Compensa prestaciones sociales.
Total Mínimo
La suma no puede ser inferior a 13 SMMLV mensuales.
II. ¿Qué Incluye y Qué No?
- Salario ordinario.
- Cesantías e intereses a las cesantías.
- Primas de servicios (legal y extralegal).
- Recargos nocturnos, dominicales y festivos (si se pacta).
- Subsidios y suministros en especie.
- Vacaciones: El derecho al descanso remunerado se conserva intacto y se paga al disfrutarlas.
- Indemnización por despido injustificado.
- Aportes a Seguridad Social y Parafiscales.
- Sanciones moratorias.
III. Seguridad Social y Aportes
La Regla del 70%
Para el cálculo de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensión, Riesgos Laborales) y Parafiscales (SENA, ICBF, Cajas), la base de cotización (IBC) será el 70% del Salario Integral Total.
* El 30% restante se considera un componente no salarial destinado a cubrir el factor prestacional y no es base para aportes.