I. Concepto y Vigencia
Las semanas cotizadas al antiguo Instituto de Seguros Sociales (ISS) corresponden a los periodos de aportes realizados antes de la creación de Colpensiones. Estos tiempos son fundamentales y plenamente válidos para acceder a la pensión de vejez, sumándose a los aportes actuales para cumplir los requisitos de ley.
II. Marco Normativo
Ley 100 de 1993
Regula el Sistema General de Pensiones actual (RPM y RAIS).
Decreto 758 de 1990
Contiene el régimen anterior del ISS, aplicable por transición o favorabilidad.
Régimen de Transición
Protege derechos adquiridos bajo normas anteriores (para quienes cumplían requisitos antes de 1994).
III. Hitos Jurisprudenciales
Unificación sobre Régimen de Transición: Solo aplica si al 31 de julio de 2010 se tenía la edad o faltaban menos de 3 años para cumplirla (o el tiempo de servicio).
Reconocimiento de Pensión Anticipada excepcional por haber cotizado más de 2.600 semanas, aunque no se tuviera la edad legal.
Orden estructural para garantizar la Pensión Mínima a quienes cumplen semanas pero no capital en el RAIS.