SL4348-2022 conflictos colectivos arbitramento
En la sentencia SL4348-2022, la Corte Suprema de Justicia de Colombia negó el recurso de anulación interpuesto por la empresa EMTELCO S.A.S. contra el laudo arbitral que había concedido una prima de antigüedad a los trabajadores que cumplieran 10, 20 o 30 años de servicio continuo.
La empresa alegaba que el laudo vulneraba el principio de igualdad al establecer un beneficio no consagrado en otros acuerdos colectivos suscritos con otras organizaciones sindicales. Sin embargo, la Corte consideró que los árbitros no habían vulnerado ese principio, ya que habían tenido en cuenta las particularidades del conflicto colectivo en cuestión.
En particular, la Corte señaló que el sindicato ASOTRAEMTELCO_BPO&O representaba a un grupo de trabajadores que se encontraban en una situación de desventaja frente a otros trabajadores de la empresa, ya que tenían salarios más bajos y condiciones laborales más precarias. Por lo tanto, los árbitros habían tenido razón en concederles un beneficio adicional para compensar esa situación.
Además, la Corte consideró que la concesión de la prima de antigüedad estaba motivada por la necesidad de reconocer y retribuir la antigüedad de los trabajadores. En este sentido, la Corte señaló que la prima de antigüedad es un beneficio que se encuentra consagrado en el artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo, y que es un reconocimiento a la lealtad y al compromiso de los trabajadores con la empresa.
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