Derecho de Policía / Multas

Curso Pedagógico o Pago con Descuento del 50% (Art. 180)

Las alternativas para cumplir una multa del Código Nacional de Seguridad y Convivencia: el descuento por pronto pago y el programa pedagógico de convivencia.

I. ¿Cuándo se Usa?

El artículo 180 de la Ley 1801 permite cumplir la medida correctiva de multa de forma más favorable. Esta solicitud sirve para acogerse a una de dos opciones: el pago con descuento del 50% por pronto pago, o el programa comunitario o pedagógico de convivencia en reemplazo de la multa, cuando procede.

II. Las Dos Opciones

Opción En qué consiste
Descuento del 50% Si se paga la multa dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la imposición del comparendo, su valor se reduce a la mitad.
Programa pedagógico Para las multas tipo 1 y 2, la administración municipal o distrital puede permitir participar en una actividad pedagógica o comunitaria de convivencia en reemplazo de la multa, según su reglamentación.

III. Qué Debe Contener la Solicitud

  • Identificación del solicitante y datos del comparendo (número, fecha, tipo de multa).
  • La opción a la que se acoge (descuento del 50% o programa pedagógico).
  • La petición concreta a la autoridad y la dirección de notificaciones.
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